Por último, el Estado como comunidad o sociedad para Max Weber (1864-1920) se
instituye en relaciones sociales, por una parte, subjetivas de construir un todo, y por otra
racionales de intereses con similar motivación.
En suma, Rosatti (1994) conceptualiza al Estado como una estructura organizativo-
burocrática, que se identifica por el vínculo institucional al territorio con la población regida
por un orden jurídico, rasgos que le permiten gozar del reconocimiento internacional.
En Ecuador, luego de haber atravesado los modelos constitucionales de Estado
medieval o antiguo, pre republicano, clásico de derecho y social de derecho, actualmente
coexiste un Estado constitucional de derechos o neoconstitucionalismo desde 1998 hasta la
actualidad, en donde la Constitución sustituye a la ley reconociendo su carácter normativo y
preminente, ya que, todo acaece de la Constitución como expresión de la voluntad soberana
con eficacia directa (Montaña, 2012 & Montecé, 2016), modelo acentuado sólidamente desde
hace más de una década en la Constitución de la República del Ecuador, art. 1 (2008) que
establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social,
democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico, instituido
en forma de república y gobernado de manera descentralizada.
Siendo la democracia un parámetro que gravita en torno al Estado, y que en la
gobernanza puede proyectar al populismo, es necesario su análisis, justamente, según Von
Mises (1994) desde un marco axiológico, es la realización social de máximas como la
libertad, igualdad y fraternidad, pues, los valores son el punto final sin necesidad de
actuaciones que se espera sean descubiertas; por otra parte, Przeworski et al. (1996) a partir
de un aspecto procedimental, definen a la democracia como un régimen, en el que la labor
de los compromisos gubernamentales se generan por elecciones competitivas, donde la
oposición compite, gana y ocupa cargos en tal régimen.
Perfilando el tema al poder Rosatti (2017) en torno a la política, señala que la
democracia es privativa contemporáneamente por la demanda de lograr, proteger y
reproducir la lógica del sentido común, desde un sistema democrático exhaustivo, que
propicia la participación general y plantea la consecución de fines en valores y
procedimientos, capaz de entender lo complejo de los problemas sociales y sus soluciones
apropiadas, pues afirma, que la ambición del autoritarismo impide el orden constitucional